viernes, 27 de septiembre de 2019


COMUNICADO DE PRENSA

MIENTE NUEVAMENTE MINERA CANADIENSE E INSISTE EN DESAPARECER A LOS INDÍGENAS

A raíz de la falsa información difundida por minera Gorrión, a través de Daniel Santamaría1, la Unión de Ejidos y Comunidades Atcolhua de Ixtacamaxtitlán y las organizaciones que integramos el Consejo Tiyat Tlali manifestamos:
No es de extrañarse que una vez más, voceros de la minera Almaden Minerals y de sus subsidiaria Minera Gorrión se atrevan a mentir a la población, al Gobierno Federal y a sus inversionistas en una acción desesperada para ocultar las violaciones a derechos humanos, irregularidades y oposición que existe al proyecto minero a cielo abierto en el municipio de Ixtacamaxtitlán, Puebla. 
En información difundida el miércoles 25 de septiembre en conferencia de prensa y retomada en medios locales el día, DANIEL SANTAMARÍA MIENTE al afirmar que el amparo interpuesto por población opuesta al proyecto minero ha quedado sin efecto debido a no hubo impugnación. ¿Será que sus jefes no le informaron que el pasado 11 de abril el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa, de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla emitió Sentencia concediendo amparo a la comunidad y Ejido de Tecoltemi dentro del juicio de amparo 445/20152?, ¿Será que no le informaron a quien dice ser vicepresidente de la minera Gorrión que la empresa impugnó la Sentencia y que actualmente se encuentra en un Tribunal Colegiado? ¿O será que se ve obligado a falsear hechos comprobables con una absoluta falta de ética con el fin de convencer a potenciales inversionistas quienes desde luego no apuestan a proyectos en litigio y con fuerte oposición de la población? ¿Qué otra razón puede haber para seguir mintiendo descaradamente? 
El documento en que Santamaría alega que no hay población indígena en Ixtacamaxtitlán, es una documental emitida por el Coordinador General de Planeación y Evaluación de la entonces CDI, Alberto Ortiz Rosales, quienhaciendo gala de una enorme ignorancia e irresponsabilidad emitió un oficio que contraria los registros oficiales del INEGI3, INPI4, e INALI5, que registran la población indígena en Ixtacamaxtitlán. 
Por último refrendar que para nuestra Constitución Mexicana y tratados internacionales sustentan que la autoadscripción, es el criterio para determinar quien es indígena, lo que fue asumido en Ixtacamaxtitlán por la Juez Federal que conoció del juicio de amparo, y reconoció el carácter indígena. El desconocimiento de éste criterio es una afrenta directa a nuestra Constitución y al derecho del pueblo indígena nahua de ixtacamaxtitlan. 
Es evidente que Almaden tiene que mentir y engañar porque está desesperada para atraer inversionistas y para que Semarnat le apruebe la manifestación de impacto ambiental actualmente en evaluación. Le apuesta a ocultar la verdad, a confrontar a la población comprando voluntades al hostigamiento de quienes defendemos nuestro territorio ancestral. Ya lo expresó en una ocasión el antropólogo y ahora secretario de Cultura del estado6, Minera Gorrión trata de evadir las leyes constitucionales y los convenios internacionales, aunque tenga que desaparecer de sus informes a las comunidades indígenas del mapa. 
Esas son las prácticas de la minera, mentir, descalificar, ocultar información, hostigar a quienes defendemos el derecho a la vida, el derecho al agua, al medio ambiente sano, el derecho a seguir existiendo como pueblos campesinos indígenas. 










En reacción a la nota: Dulce Fernanda, «Profepa, INAH y TFJA validan proyecto minero Ixtaca -  Megalópolis», Megalopolis, 26 de septiembre de 2019, sec. medio ambiente, https://megalopolismx.com/noticia/58939/profepa-inah-y-tfja-validan-proyecto-minero-emixtacaem.
Centro de Análisis e Información Fundar, «Gana comunidad indígena amparo contra minera», 23 de abril de 2019, https://fundar.org.mx/juzgado-concede-amparo-a-comunidad-indigena-contra-concesiones-mineras/.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), «Banco de indicadores -Ixtacamaxtitlán- población indígena», 1 de enero de 1998, https://www.inegi.org.mx/app/indicadores/?t=020000100010&ag=070000210083.
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas CDI, «Catálogo de localidades indígenas», 2010,http://www.cdi.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=2578:catalogo-de-localidades-indigenas-2010&catid=38:indicadores-y-estadisticas&Itemid=54.
INALI, «Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales: Variantes Lingüisticas de México con sus autodenominaciones y referencias geoestadísticas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación» (INALI, 14 de agosto de 2008), https://www.inali.gob.mx/pdf/CLIN_completo.pdf.
Julio Glockner, «Ixtacamaxtitlán: ¿indígenas inexistentes?», Contralínea, 1 de marzo de 2018, https://www.contralinea.com.mx/archivo-revista/2018/02/28/ixtacamaxtitlan-indigenas-inexistentes/.

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